Pacto Histórico pidió anular la personería de Defensores de la Patria y cuestionó decisión del CNE

Pacto Histórico pidió anular la personería de Defensores de la Patria y cuestionó decisión del CNE

La personería jurídica de Defensores de la Patria, partido fundado por el presidente Abelardo de la Espriella, quedó bajo cuestionamiento judicial luego de que la representante a la Cámara Natalia Moreno Puin, del Pacto Histórico, presentara una demanda ante el Consejo de Estado contra la decisión mediante la cual el Consejo Nacional Electoral (CNE) reconoció a la organización política.

La congresista solicitó que se suspendan provisionalmente los efectos de la Resolución 3564 de 2026, al considerar que el acto administrativo mediante el cual se otorgó la personería jurídica habría desconocido los requisitos establecidos en la Constitución para que un partido o movimiento político pueda obtener ese reconocimiento.

De acuerdo con la demanda, la principal controversia está relacionada con el criterio utilizado por el CNE para determinar que Defensores de la Patria cumplía las condiciones necesarias para acceder a la personería jurídica. La agrupación política no participó en las elecciones legislativas y, por tanto, no inscribió listas ni obtuvo votos en las elecciones para Senado o Cámara de Representantes.

Sin embargo, según el escrito presentado por Moreno ante el Consejo de Estado, el organismo electoral tomó como referencia los resultados obtenidos en las elecciones presidenciales para validar el requisito electoral.

La representante sostiene que esta interpretación desconoce el artículo 108 de la Constitución Política, que establece como condición para obtener la personería jurídica superar el umbral del 3 % de los votos válidos en las elecciones de Senado o Cámara de Representantes.

En ese sentido, la demanda plantea que el CNE habría creado mediante una resolución una vía adicional para acceder a la personería jurídica que no estaría contemplada ni en la Constitución ni en la legislación estatutaria que regula el funcionamiento de las organizaciones políticas.

“La organización y régimen de los partidos y movimientos políticos y el estatuto de la oposición tienen reserva de ley estatutaria y el CNE solo posee potestad de regulación en materias operativas y administrativas de su propia competencia”, señaló Moreno en el documento judicial.

La congresista agregó que el organismo electoral “no posee facultades para crear nuevas vías de acceso a la personería jurídica ni para sustituir los requisitos constitucionales mediante actos administrativos”.

La discusión sobre los resultados presidenciales

Uno de los principales argumentos de la demanda se concentra precisamente en la utilización de los resultados de las elecciones presidenciales como fundamento para reconocer la personería jurídica de Defensores de la Patria.

Según Moreno, el partido no participó en las elecciones legislativas y, por esa razón, no obtuvo votos que puedan ser utilizados para verificar el cumplimiento del umbral constitucional establecido para Senado o Cámara.

La representante también cuestionó la aplicación de jurisprudencia relacionada con el reconocimiento de derechos políticos a organizaciones que participaron en elecciones presidenciales.

Moreno hizo referencia a la Sentencia SU-316 de 2021 de la Corte Constitucional, que, según explicó, estableció condiciones específicas para proteger a determinadas fuerzas políticas después de una elección presidencial.

“Aquí hay una aplicación indebida de jurisprudencia, puesto que el fundamento del CNE no puede ser el mismo aplicado a Colombia Humana, son casos absolutamente diferentes. Uno perdió la Presidencia y necesitaba garantías de oposición; el otro la ganó y hoy es Gobierno”, afirmó la congresista.

De acuerdo con la demanda, el precedente constitucional utilizado por el CNE estaba relacionado con una situación en la que una fuerza política había superado el umbral presidencial, había ocupado el segundo lugar en las elecciones y posteriormente había accedido a una representación en el Congreso y ejercido la oposición.

Para Moreno, esas circunstancias no se presentan en el caso de Defensores de la Patria, debido a que se trata de una organización que respalda al Gobierno y cuya candidatura presidencial resultó ganadora.

La representante considera que utilizar ese precedente para reconocer la personería jurídica del partido modifica el alcance del Estatuto de la Oposición y afecta las condiciones de igualdad dentro del sistema político.

También cuestionan la asignación de los votos

La demanda incorpora otro cuestionamiento relacionado con la manera en que se atribuyeron los votos obtenidos por la candidatura presidencial de Abelardo de la Espriella.

Moreno sostiene que el respaldo electoral recibido por el mandatario no provino exclusivamente de Defensores de la Patria. Según la congresista, la candidatura también contó con el respaldo de organizaciones políticas como Salvación Nacional, Cambio Radical, Centro Democrático, Partido Conservador y Partido de la U.

Por esa razón, la representante considera que no sería posible atribuir automáticamente la totalidad de los votos obtenidos en la elección presidencial a Defensores de la Patria.

El argumento presentado en la demanda señala que el voto es secreto y que, por lo tanto, no existe una forma de determinar qué proporción de los sufragios presidenciales correspondió exclusivamente a los electores que respaldaban al movimiento político.

Desde esa perspectiva, la congresista cuestiona que esos resultados puedan utilizarse para acreditar un requisito que la Constitución vincula expresamente con las elecciones legislativas.

La demanda busca anular la Resolución 3564

La acción judicial presentada ante el Consejo de Estado tiene como objetivo principal obtener la nulidad de la Resolución 3564 de 2026 del Consejo Nacional Electoral.

Además de la solicitud de suspensión provisional, Moreno pidió que, en caso de prosperar la demanda, se actualice el registro de partidos y movimientos políticos y se cancelen las inscripciones que se hayan producido como consecuencia del acto cuestionado.

La representante también sostiene que los principios de igualdad, pluralismo y confianza legítima no pueden ser utilizados como fundamento autónomo para crear una nueva vía de acceso a la personería jurídica cuando los requisitos constitucionales ya están establecidos.

“El CNE no puede saltarse la Constitución para otorgar privilegios, financiación estatal y avales a la fuerza del Gobierno entrante mediante un atajo ilegal. La norma es clara, la personería jurídica se gana en el Congreso”, afirmó Moreno.

La controversia tendrá ahora que ser examinada por la jurisdicción de lo contencioso administrativo. El Consejo de Estado deberá determinar si la actuación del CNE se ajustó al marco constitucional y legal aplicable a la obtención de la personería jurídica de los partidos y movimientos políticos.

Mientras se resuelve el proceso, la solicitud de suspensión provisional busca impedir que continúen produciendo efectos las decisiones derivadas de la resolución cuestionada.

La demanda plantea además una discusión de alcance más amplio sobre las reglas para el reconocimiento de organizaciones políticas en Colombia. Según la representante, permitir que una candidatura presidencial obtenga personería jurídica sin haber participado en las elecciones legislativas podría establecer un precedente para futuras organizaciones políticas.

El propósito declarado de la acción es, por tanto, que el reconocimiento de los partidos se mantenga sujeto a los requisitos electorales establecidos en la Constitución y que las reglas aplicables a todas las organizaciones políticas sean definidas bajo los mismos criterios.

Por ahora, la controversia queda en manos del Consejo de Estado, que deberá estudiar los argumentos presentados contra la Resolución 3564 de 2026 y determinar si el Consejo Nacional Electoral actuó dentro de sus competencias al reconocer la personería jurídica de Defensores de la Patria.

administrator
Comunicador Social y diseñador gráfico, con trayectoria en branding y comunicación estratégica. Redactor en Voces | Revista Digital, especializado en la producción de contenidos periodísticos que integran precisión informativa, análisis y un lenguaje claro para audiencias digitales. Su trabajo se orienta a generar información veraz, contextualizada y de interés público.

Publicaciones Relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *