Retenes viales: MinTransporte aclara límites de autoridad a los agentes

El Ministerio de Transporte aclaró los límites de actuación de los agentes de tránsito en retenes, tras nuevas denuncias de conductores por presuntos abusos de autoridad.

No todo vale en un retén: Ministerio de Transporte pone límites

El Ministerio de Transporte de Colombia reiteró que los agentes de tránsito no están autorizados para retener las llaves de un vehículo durante un control vial, salvo en situaciones extraordinarias que representen un peligro grave para la seguridad en las vías.

Entre los escenarios que sí justifican esta medida, la entidad mencionó casos como la conducción en estado de embriaguez o la realización de maniobras peligrosas.

La norma ya estaba clara: se recuerda lo básico

La aclaración no es nueva. En 2024, el Ministerio ya había emitido una circular en la que advertía a las autoridades de tránsito sobre la necesidad de respetar los derechos de los ciudadanos y ceñirse a lo establecido por la ley.

La reciente reiteración se da tras un aumento en las denuncias por supuestos abusos cometidos por algunos agentes durante operativos en carretera.

No todo implica inmovilización inmediata

Otro punto clave recordado por la cartera de Transporte es que los vehículos no pueden ser inmovilizados de inmediato si la infracción puede ser corregida en el momento.

Por ejemplo, si un conductor no tiene consigo la licencia de conducción, dispone de hasta 60 minutos para presentarla antes de que se proceda con la inmovilización del vehículo.

Esto aplica para situaciones subsanables y busca evitar medidas desproporcionadas que afecten a los ciudadanos más allá de lo legalmente permitido.

¿Qué deben saber los conductores?

El Ministerio hizo un llamado a la ciudadanía para conocer y ejercer sus derechos en las vías. Asimismo, pidió a las autoridades de tránsito actuar con responsabilidad, proporcionalidad y dentro del marco legal.

Cualquier exceso en el procedimiento puede ser denunciado ante las autoridades competentes.